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RG (AFIP) 5501/2024 – (B.O. 16.4.2024)

Importadores la excepción de percepción de IVA y Ganancias será solo para quienes  posean Certificado MIPYME. 

Mediante la RG 5490 se exceptuó de los regímenes de percepción de IVA y Ganancias, por el plazo de 120 días corridos contados a partir del  18/03/2024, a las operaciones de importación de determinados bienes de primera necesidad.

Mediante la presente resolucion se establece que corresponde exceptuar de los citados regímenes de percepción, hasta el vencimiento del plazo, a las operaciones de importación de diversos tipos de insumos requeridos por dichas empresas -que tengan vigente el “Certificado MiPyME”.

Vigencia: 16/04/2024

Para acceder a la norma haga click en el siguiente link:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/305879/20240416