El Impuesto a las Ganancias para 2023 debe ser ratificado por el Congreso, ya que hubo reducciones del monto a pagar y podría darse un cobro retroactivo
La resistencia de los senadores a aprobar el proyecto de Impuesto a las Ganancias está siendo vista con preocupación por personas que no pagaron o pagaron menos gravamen en 2023 a raíz de medidas del exministro Sergio Massa, y multiplican las consultas a los contadores.
Cuáles son las dudas si no se aprueba Ganancias
“Hemos visto que entre nuestros clientes aumentan las expectativas en relación con el tratamiento del proyecto ley, ya que si este no llegase a ser aprobado se generarán consecuencias para los trabajadores, que afectarán no solo al período fiscal 2024 en curso, sino también al período fiscal 2023”, afirma Andrés Tellado, socio de Práctica de Tributación de Nómina y Derecho Laboral en KPMG Argentina.
Esto se debe a que el proyecto de Impuesto a las Ganancias prevé la ratificación de las medidas adoptadas por el anterior gobierno, que habían incluido un aumento retroactivo a enero 2023 del 35% en las escalas del impuesto, indica.
Asimismo, durante los últimos tres meses del año pasado, se liberó del pago de Impuesto a las Ganancias a los sueldos y jubilaciones de hasta $1.980.000, a la vez que se redujo el impuesto al resto de los empleados y jubilados con ingresos superiores a ese monto, explica.
Qué solución tiene esta situación retroactiva
Estas cuestiones relativas al período fiscal 2023 deberán ser atendidas por el Congreso urgentemente, ya sea que se decida modificar o no el Impuesto a las Ganancias para el año 2024. De lo contrario, los beneficiarios de las medidas del anterior gobierno podrían quedar con un impuesto a ingresar al perder efecto las mismas, advierte.
Hasta el momento, la AFIP debió prorrogar el cierre de Ganancias 2023 dos veces este año, debido a que el mismo depende de la convalidación legislativa de estas normas administrativas dictadas el año pasado.
Por lo tanto, el cronograma actual del cierre de Ganancias 2023 incluye las siguientes fechas y no puede descartarse una nueva prórroga si se sigue posponiendo la aprobación en el Congreso, enumera Tellado:
- Los trabajadores pueden presentar el formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “SIRADIG – Trabajador” por el período fiscal 2023, hasta el 31 de mayo de 2024.
- Los empleadores realizarán la liquidación anual correspondiente al mencionado período fiscal hasta el 28 de junio de 2024.
- El importe determinado en la liquidación anual, será retenido o, en su caso reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior o, en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 10 de julio de 2024.
- Deberá informarse e ingresarse el ese importe hasta el vencimiento de julio, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), informándolo en el período junio de 2024 y consignando como fecha de retención el 28 de junio de 2024.
Qué consecuencias tiene la aprobación del Congreso para 2024
Tanto el piso de Ganancias de 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), como los tramos de la escala progresiva que se usan para calcular el impuesto, deben actualizarse en el Impuesto Cedular a partir del 1 de julio de cada año, considerando el valor del SMVM vigente a esa fecha, aclara Tellado.
Esta actualización tiene carácter retroactivo. Es decir, que las retenciones realizadas en el primer semestre se deben ajustar con el valor del SMVM vigente en julio y habrá una restitución de las sumas retenidas en exceso, en algunos casos, puntualiza.
En caso de que el Congreso no aprueba la modificación de Ganancias, la AFIP deberá establecer la modalidad y plazos para devolver la totalidad del impuesto retenido a quienes cobraron sueldos en el primer semestre de 2024 de entre $2.340.000 y $3.514.727, a la vez que también verán un beneficio los empleados con sueldos más altos por la actualización de la escala, subraya.
Sumado a ello, dado que aún no se conoce si se establecerá un SMVM más elevado para julio, el rango de empleados beneficiados podría ser aún mayor, a la vez que, como contrapartida, el Estado observará una mayor merma en la recaudación de Ganancias sobre los salarios, concluye.
Qué pasa con la exención del aguinaldo
El Sueldo Anual Complementario (SAC) está exento de Impuesto a las Ganancias con aplicación desde el año 2021, asegura el asesor impositivo Hernán D’Agostino, pero aclara que la exención depende de que el salario bruto promedio no supere un monto determinado.
Si bien se pensó originalmente como una exención anual, lo cierto es que la alta inflación obligó a actualizar semestralmente el valor del tope que determina que el aguinaldo este exento y entonces depende del sueldo bruto promedio del semestre que se liquida, precisa, y considera los siguientes tramos:
- Para el primer semestre del 2023, el monto hasta el que está exento el aguinaldo fue fijado en $880.000.
- Respecto del segundo semestre 2023, ya no se fija un valor en pesos, sino que se decreta que estará exento el aguinaldo, siempre que el sueldo bruto promedio del semestre sea igual o inferior a 15 SMVM: $1.980.000 para la segunda cuota.
- Para el primer semestre del 2024, el aguinaldo estará exento hasta el monto previsto originalmente en la ley ajustado por la variación del RIPTE: $974.516
Esto muestra que el monto del aguinaldo que quedará exento es menor para 2024 que el que tuvo el beneficio en 2023, resume D’Agostino.
Cómo queda afectado el Impuesto Cedular
A esto se suma que en el 2024 entró en vigencia el Impuesto Cedular a las altas rentas. A partir de este régimen, la exención solamente tiene sentido para aquellas remuneraciones excluidas del régimen, por ejemplo, los directores de Sociedad Anónima; senadores y diputados y altos funcionarios del Poder Ejecutivo, manifiesta D’Agostino.
Los sueldos alcanzados por el Impuesto Cedular tributan a partir de los $2.340.000 por lo que si se encuentran alcanzados por el tributo su sueldo es mucho más alto que el previsto para la exención y,por lo tanto, también pagan sobre el SAC, señala, y agrega que, de todos modos, el proyecto que está en el Congreso elimina tanto este régimen, como la exención del SAC.
Así, solo la aprobación del paquete fiscal y la modificación del Impuesto a las Ganancias en el Congreso pueden evitar que ciertos trabajadores en relación de dependencia deban pagar en forma retroactiva por 2023.
Fuente: Iprofesional.com