Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA): rediseño de procesos de matriculación y registración de actividades.
Se elimina la obligatoriedad de registrar 51 actividades y se modifican ciertos requisitos para las actividades de exportadores.
A continuación hacemos un resumen de las modificaciones más importantes:
- Se elimina el registro de Establecimiento de engorde de ganado bovino a corral (feedlot). Es decir, a partir de ahora ya no será necesario registrar o renovar esta matricula en RUCA para poder desarrollar la actividad. Ello por cuanto, las autoridades entienden que es suficiente con las distintas habilitaciones y/o permisos que ya tiene la actividad (SENASA, AFIP, Rentas provincial, Registro provincial en producción y en organismos de ambiente, habilitación municipal o comunal, etc.).
- Se elimina el registro de “perito clasificador de cereales, oleaginosas y legumbres” y en consecuencia la obligatoriedad de la participación del mismo en las transacciones comerciales y/o entregas o recepciones de granos y/o derivados granarios, ello por cuanto se entiende que es una cuestión privada entre las partes intervinientes.
- Asimismo, se eliminan del registro las siguientes actividades (por lo que ya no será necesario registrar o renovar dichas matriculas):
- Rubro Carnes: Establecimiento de engorde de ganado bovino a corral (feedlot); Consignatario de carnes; Consignatario de carnes mediante sistemas de proyección de imágenes; Importador de ganados y carnes; Fábrica de chacinados; Fábrica de carnes y productos conservados; Curtiembre, acopio de cueros frescos o salados; Grasería / Sebería; Local de concentración de carnes; Local de ventas por proyección de imágenes; Carnicería; Consignatario de carne aviar;
- Rubro Granos: Acopiador de algodón en bruto; Hilandería; Tejeduría; Mercado de futuros y opciones o mercado a término; Laboratorio de granos; Perito clasificador de cereales, oleaginosas y legumbres; Elevadores terminales de uso público;
- Mercado Lácteo: Pool de leche cruda; Consignatario de leche cruda; Planta de enfriamiento y tipificación de leche cruda; Exportador de lácteos; Importador de lácteos; Tambo fábrica / tambo semi-elaborador; Comercializador de marca propia; Depósito lácteo de maduración y conservación; Fraccionador de lácteos; Distribuidor mayorista de lácteos; Laboratorio lácteo;
- Mercado Lanero: Barraca; Lavadero; Peinaduría; Exportador; Importador;
- Mercado Yerbatero: Acopiadores; Comercializadores o intermediarios; Prestadores de servicio de cosecha y flete; Secadores; Importadores; Exportadores; Fraccionadores; Molineros; Molineros – Fraccionadores; Prestadores de servicio de estacionamiento acelerado;
- Mercado Frutihortícola: Mercado concentrador de frutas y verduras;
- Mercado Azucarero: Ingenio azucarero; Industrial destilería – anhidradora; Usuario de industria azucarera; Exportador de azúcar / alcohol; Importador de azúcar / alcohol;
- Eliminación de requisitos a exportadores: Se eliminan 5 requisitos en el registro a exportadores dentro del RUCA:
- El detalle de cuentas bancarias con las que opera, movimientos bancarios de los últimos 6 meses y líneas de financiamiento;
- Plan de trabajo proyectado para el próximo año, con detalle de mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos;
- Detalle del personal en relación de dependencia y compañías aseguradoras de riesgo contratadas;
- Último estado contable certificado;
- Constancia de ingreso de divisas del último año.