Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones.
Mediante la Resolución General 5525/2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos reglamenta el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, creado por la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
Aunque el plan incluye los elementos comunes a todos los planes, destacamos los siguientes temas:
- Podrán regularizarse en este régimen las obligaciones vencidas al 31/03/2024, incluidas multas y sanciones firmes por infracciones hasta esa fecha, así como intereses resarcitorios y punitorios.
- La solicitud de adhesión a los planes de facilidades de pago no podrá ser rectificada y se considerará aceptada con la generación sistémica del acuse de recibo de la presentación, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos que se prevén en la norma.
- También se podrán refinanciar planes de facilidades de pago presentados hasta el 31/3/2024, siempre que se encuentren vigentes, hayan sido formalizados a través del sistema “Mis Facilidades” y la totalidad de las obligaciones incluidas en dichos planes sean susceptibles de regularización en los términos de esta Ley.
- Los responsables solidarios, hayan o no mediado contra ellos el reclamo de las obligaciones del deudor principal, podrán adherir al régimen de regularización, incluso si el deudor está excluido del mismo.
- La adhesión al régimen implica el reconocimiento de la deuda incluida en el mismo y la interrupción de la prescripción respecto de las acciones y los poderes del Fisco para determinar y exigir la obligación de que se trate y sus accesorios, así como para aplicar y exigir las multas, aun cuando la adhesión resulte rechazada o se produzca la ulterior caducidad de los planes de facilidades de pago.
- Se crea un micrositio denominado “Nuevo Pacto Fiscal” (https://www.afip.gob.ar/nuevopactofiscal) en donde se informará entre otras cosas, los aspectos técnicos, la habilitación del servicio “Mis Facilidades”, opción “Ley N° 27.743
Para acceder a la normativa haga click en el siguiente link:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/310530/20240716