Autos: “Lacuadra, Jonatan Daniel c/ DIRECTV Argentina S.A. y otros s/ despido”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación
En el marco de los autos “Lacuadra, Jonatan Daniel c/ DIRECTV Argentina S.A. y otros s/ despido”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la sentencia de Cámara, la cual había confirmado la sentencia del Tribunal de Grado. Más información
El Máximo Tribunal revocó los fallos que disponían pagos desproporcionados.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) desestimó este martes una sentencia de la cámara laboral, que había ordenado el pago de una suma millonaria en concepto de indemnización por despido.
Eran más de 137 millones de pesos, que elevaban en alrededor de 20 mil por ciento el monto de una condena en primera instancia. Un exempleado de una empresa de televisión por cable presentó una demanda tras haber sido despedido en 2013.
En una primera instancia se hizo lugar al reclamo y se condenó a pagar a los responsables de la firma 687.735 pesos.
La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó esa resolución, pero ordenó que se agregaran los accesorios previstos.
Sin embargo, la compañía cuestionó la decisión con un recurso extraordinario, invocando la arbitrariedad de la sentencia. Su denegación motivó la presentación de un recurso de queja.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, “descalificó por arbitrario el criterio asentado por la CNAT”, que además arrojaba “un resultado económico desproporcionado”.
Otro fallo por indemnización desproporcionada
En otra causa, el Máximo Tribunal revocó un fallo que disponía el pago de una multa por retención de aportes que equivalía a 53 salarios mensuales, en un vínculo laboral que había durado un año y ocho meses.
Un juzgado de primera instancia hizo lugar al pedido de indemnización por despido y condenó a Muresco S.A. al pago de la multa por retención de aportes.
La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó, en lo principal, esa sentencia.
Así, por haber omitido aportes por un valor cercano a los 11.400 pesos, se impuso a la a una multa de 194.775 pesos.