LEY N° 27.743. Régimen de Regularización de Activos

CNV y BCRA. Sin restricciones para transferencias inmediatas desde cuentas especiales de regularización

 

La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) informan en su sitio web que, bajo el Régimen de Regularización de Activos establecido por la Ley 27.743 y su reglamentación, es posible realizar transferencias desde las cuentas bancarias especiales de los clientes desde la fecha de acreditación de los fondos regularizados sin restricción de monto hacia las cuentas bancarias especiales de regularización de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) para la aplicación de los fondos en inversiones elegibles, a través de dichos Agentes.

 

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De acuerdo a lo establecido en la Resolución General AFIP 5528/2024, una vez realizada la Manifestación de adhesión a través del servicio de AFIP denominado “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley N° 27.743” con CUIT y Clave Fiscal (Nivel de Seguridad 3), el sistema permitirá descargar el acuse de recibo de la presentación. Asimismo, para completar la regularización, el interesado deberá generar y abonar el Volante Electrónico de Pago (VEP).