Con fecha 21 de agosto de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General N° 1014/2024 (la “Resolución 1014/2024”) de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), a través de la cual se establecen precisiones sobre el régimen de regularización de activos, con respecto a la apertura de cuentas comitentes especiales de regularización de activos, en el marco de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes N° 27.743.
La Resolución 1014/2024, que tiene su antecedente en la Resolución 1010/2024 mediante la cual la CNV dictó, en el marco de sus competencias, las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicación de la ley N°27.743, lleva adelante una precisión con respecto a la posibilidad de llevar adelante la apertura de cuentas comitentes especiales de regularización de activos, al establecer que cualquier persona humana y jurídica residente en el país podrá abrir una o más Cuentas Comitentes Especiales de Regularización de Activos, en los términos previstos por el artículo 31 de la Ley N° 27.743, incluso si no ha regularizado bienes bajo el Régimen de Regularización de Activos previsto en el título II de la Ley N° 27.743.
Que esta precisión llevada adelante por la CNV responde a la modificación dispuesta por el Ministerio de Economía de la Nación en su resolución 759/2024, la cual adhiere dentro de los posibles destinos de inversión, además de los instrumentos ya disponibles, a los pagarés bursátiles y cheques avalados y de títulos que sean aportados a fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.
La presente Resolución General entró en vigencia el 22 de agosto de 2024.