Decreto 864/2024

RÉGIMEN DE EXTERIORIZACIÓN DE ACTIVOS. 

Se prorrogan las fechas previstas en cada una de las etapas

 

Se dicta el Decreto 864/2024 por medio del cual se oficializa la prórroga de las fechas para realizar la manifestación de adhesión y el pago adelantado del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley 27.743. En este marco, la Etapa 1 se extenderá hasta el 31 de octubre de 2024, inclusive. 

El Poder Ejecutivo, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 20 y 23 de la Ley 27.743, dicta el Decreto 864/2024 por medio del cual prorroga las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II, de acuerdo con el siguiente detalle:

En la etapa 1 se podrán regularizar fondos, habiendo regularizado o no fondos al 30/09/2024, inclusive. Quienes lo retiren -parcial o totalmente- a partir del 1/10/2024, no podrán regularizar montos adicionales a partir de esa fecha de retiro.

 

Fondos regularizados en el período de prórroga:

Deben mantenerse depositados en las cuentas especiales o ser afectados a los destinos e inversiones autorizados hasta el 31/10/2024, inclusive. 

Por montos totales de hasta u$s 100.000 podrán retirarse partir del 1/10/2024 sin que queden sujetos a retención alguna. 

Por montos totales mayores a u$s 100.000, para no quedar sujetos a la retención del 5 % deberán ser mantenidos en las cuentas especiales o afectarlos a los destinos e inversiones autorizados por la norma, hasta el 31/12/2025, inclusive.

 

Fondos que se hubieren regularizado hasta el 30/09/2024:

Podrán retirarse a partir del 1/10/2024, aun cuando se hubieran regularizado nuevos fondos durante el período de prórroga -los que solo podrán realizarse con anterioridad a dicho retiro-. 

Montos totales de hasta u$s 100.000, podrán retirarse y no quedan sujeto a retención alguna. 

Por montos totales mayores a u$s 100.000, para no quedar sujeto a la retención del 5 % deberá continuar en las cuentas especiales o afectarlos a los destinos e inversiones autorizados por la norma, hasta el 31/12/2025, inclusive.