Hasta el próximo 14 de septiembre se podrán regularizar deudas al contado o en hasta 3 cuotas con la condonación del 60% de los intereses
Los sujetos que adhieran hasta el 14 de septiembre al «Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social”, dispuesto por la Ley 27.743 y reglamentado por la REG (AFIP) 5525, podrán acceder al beneficio de condonación del 60% de los intereses correspondientes.
¿Cuál es el cronograma de beneficios de acuerdo a la fecha de adhesión?
El porcentaje de la condonación se determinará según la forma de pago elegida y la fecha en que se produzca la adhesión:
Pago al contado o mediante los planes de facilidades de hasta 3 cuotas, comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 6 de la ley 27743 los incisos a), b) y c) del artículo 6 de la ley 27743
- 70% de condonación adhiriendo hasta el 15 de agosto de 2024.
- 60% de condonación adhiriendo entre el 16 de agosto y el 14 de septiembre de 2024.
- 50% de condonación adhiriendo entre el 15 de septiembre y el 14 de octubre de 2024.
Planes de facilidades de pago comprendidos en los incisos d) y e) del artículo 6 de la ley 27743:
40% de condonación adhiriendo hasta el 14 de octubre de 2024.
- 20% de condonación adhiriendo entre el 15 de octubre y el 13 de diciembre de 2024.
Regularización de planes de facilidades de pagos vigentes al 31 de marzo de 2024:
- 30% de condonación de intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de consolidación original
Intereses resarcitorios y punitorios adeudados por obligaciones fiscales canceladas con anterioridad al 31 de marzo de 2024, inclusive:
- 100% de condonación