Resolución 267/2024

RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO. Simplificación de Trámites

En el marco de los principios establecidos por la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, la Resolución 267/2024, dictada por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, busca simplificar los trámites y mejorar la administración del cupo fiscal. 

Se elimina el requisito de presentar al trámite el certificado MiPyME

A los efectos de la categorización del tamaño de las empresas, la Autoridad de Aplicación incorporará el mencionado certificado MiPyME vigente al momento de la solicitud de inscripción del trámite. En caso de no ser posible adjuntar dicho documento por razones imputables a la empresa (por no haber solicitado la inscripción como MIPYME o encontrarse vencido), la Autoridad de Aplicación notificará dicha circunstancia a la solicitante.

 

Las presentaciones y notificaciones 

Sólo se realizarán por medio de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD). Se elimina la obligación de encontrarse inscripto en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP).

 

Beneficio sobre las contribuciones patronales 

Se modifica el cálculo para establecer los beneficios dispuestos en los Artículos 8° y 9° de la Ley 27.506, para ello se tendrá en cuenta la totalidad del salario bruto de cada empleado afectado a la actividad promovida; en el supuesto que el salario bruto sea igual o superior al monto de 125 unidades, el cálculo del beneficio se realizará sobre el monto del salario que no exceda dicho límite.  La cantidad de unidades fijada podrá ser actualizada conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación.

A efectos de brindar sostenibilidad al Régimen a fin de que todas las empresas puedan gozar de los beneficios, deviene necesario que la vigencia de la actualización de los sea a partir del 1/7/2024, en pos de no afectar las condiciones de operatividad del Régimen para el universo de beneficiarias en general.