EXPORTACIÓN. Valores referenciales de carácter preventivo.
La Dirección General de Aduanas, a través de la Resolución General 5562/2024, abroga la Resolución General 4948/2021, y establece que las destinaciones definitivas de exportación para consumo en las que se documenten las posiciones arancelarias alcanzadas por dicha Resolución deberán cursar por los canales de selectividad correspondientes, conforme normativa.
Además, determina que dichas destinaciones podrán ser seleccionadas en función del análisis de riesgo y/o de fiscalización para ser sometidas a un control de valor, en cuyo caso cursarán por canal rojo.
¿Que establece la norma?
La norma deroga la Resolución General N° 4.948, la cual establece valores referenciales de carácter preventivo en la exportación de mercadería, y establece que “las destinaciones definitivas de exportación para consumo en las que se documenten las posiciones arancelarias alcanzadas por la resolución mencionada anteriormente, deberán cursar por los canales de selectividad correspondientes, conforme el procedimiento dispuesto por la Resolución General 1921. No obstante ello, dichas destinaciones podrán ser seleccionadas en función del análisis de riesgo y/o de fiscalización para ser sometidas a un control de valor, en cuyo caso cursarán por canal rojo”.