LOS ANTICIPOS DE GANANCIAS PUEDEN MÁS QUE DUPLICARSE SI NO SE ADECUA LA DETERMINACIÓN

Ante la inminente fecha de vencimiento de los anticipos del tributo, los contadores solicitan a la AFIP que se adapte el cálculo de los mismos receptando las modificaciones legales.

Además que resulta indispensable la actualización de los montos mínimos a partir de los cuales es obligatorio el ingreso de los anticipos de Bienes Personales y Ganancias, existe una diferencia notoria en la determinación de los anticipos de este último tributo que hace imprescindible su adecuación.

En tal sentido, la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE), que preside Gabriela Farizano, envió nota a la administradora federal, Florencia Misrahi, a través de la cual se plantea la palmaria diferencia que surge de la determinación de la base de los anticipos de Ganancias según se aplique los dispuesto en la Resolución General 5.211 o se recepten la modificaciones de la Ley 27.743.

Aumento notable de la obligación

De acuerdo al ejemplo que acompaña la nota, en función de receptar o no los cambios del Paquete Fiscal, los anticipos a ingresar podrían resultar casi tres veces mayores.

Cabe recordar que la Administración Federal de Ingresos Públicos determina tales anticipos poniéndolos a disposición del contribuyente en el servicio Cuentas Tributarias.

El tema es urgente atento que los vencimientos comienzan a operar a partir del 14 de octubre, motivo por el cual la FAGCE solicita se adecue la mencionada Resolución General a lo establecido por la Ley 27743 y “con posterioridad el sistema de cuentas tributarias a fin de poder determinar de manera correcta su cálculo y poder dar seguridad a los contribuyentes al momento del pago de la obligación, o en su defecto se prorrogue el vencimiento del mismo hasta la debida adecuación de los montos a ingresar.”

Anticipo mínimo y retenciones

Más allá del sensato pedido de la entidad profesional, también se hace necesario reconocer la realidad económica ya que los importes mínimos de los anticipos no se actualizan desde junio de 2022, un período de tiempo donde la inflación se descontroló marcando el mayor pico en enero de este año.

Paralelamente no hay que olvidar que a la par del pago de los anticipos los contribuyentes continúan sufriendo retenciones y/o percepciones que también constituyen adelantando del tributo, sin un reconocimiento de ajustes de valor, por caso la Resolución General 830.

Fuente: Ambito.com