Resolución General 1020/2024 

RÉGIMEN ESPECIAL DE DOBLE LISTADO DE EMPRESAS EXTRANJERAS. Modificaciones

La Comisión Nacional de Valores, por medio de la Resolución General 1020/2024, modifica el Régimen Especial de Doble Listado de Empresas Extranjeras en el marco de las normas (N.T. 2013 y mod.), suprimiendo determinados requisitos.

Establece que no resultará exigible la inscripción ante el Registro Público correspondiente, respecto de las sociedades constituidas en el extranjero, que únicamente pretendan negociar sus acciones bajo el Régimen Especial de Doble Listado en la República Argentina.

Asimismo, las empresas extranjeras ya no tendrán que realizar la inscripción ante la IGJ, aunque sí deberán contar con un apoderado local.