AFIP/ARCA: ¿Cuál es el mínimo no imponible de Bienes Personales en 2024?

A partir de la sanción de la nueva Ley, se modificó el monto mínimo no imponible correspondiente al impuesto a a los Bienes Personales en 2024.

AFIP (ahora ARCA) está aplicando el nuevo mínimo no imponible para Bienes Personales. Cabe recordar que, previo a la aprobación del paquete fiscal, el monto se encontraba en 27 millones.

Dichos cambios van en línea con la inflación de los últimos meses para gravar la misma “riqueza” y no tener un efecto regresivo.

¿Cuál es el mínimo no imponible para el Impuesto a los Bienes Personales?

Actualmente, el mínimo no imponible es de 100 millones de pesos, por lo únicamente estarán alcanzados aquellas personas con patrimonios por encima de esta cifra.

Asimismo, la deducción especial por vivienda familiar pasó de 56 millones a 350 millones de pesos. Cabe recordar que, en el caso de tener más de un inmueble, solo se puede elegir uno y debe actuar como vivienda permanente.

En el caso de superar dichos parámetros, se aplicará una alícuota que irá desde el 0,5% al 1,25%. La primera se aplicará cuando se superen los valores previamente mencionados, pero no se superen los $13.688.704,13.

La segunda alícuota va para patrimonios que superen los montos no imponibles desde $13.688.704,13, pero por debajo de $29.658.858,97. En este caso, se abonará una cuota fija de $68.443,52 y un 0,75% sobre el excedente de $13.688.704,13.

La tercera alícuota es para patrimonios por encima del MNI en $29.658.858,97 y debajo de $82.132.224,82. Abonan una cuota fija de $188.219,68 y el 1% del excedente de $29.658.858,97.

La última alícuota se aplica a patrimonios que alcance el mínimo no imponible y lo superen en al menos $82.132.224,82. En estos casos, pagan 712.953,34 más el 1,25% sobre el excedente de $82.132.224,82.

En el caso de los próximos períodos, habrá importantes modificaciones. En 2025, las tasas serán del 0,5%, 0,75% y 1% respectivamente. En 2026, se reduce a 0,5% y 0,75%, mientras que en 2027 solo será del 0,5%.

En cuanto a los contribuyentes que opten por el REIBP se encontrarán excluidos de toda obligación referida al Impuesto sobre los Bienes Personales. También no estarán obligados a pagar cualquier otro impuesto nacional que se aplique sobre el patrimonio y se cree para los períodos fiscales entre 2023 y 2027. En pocas palabras, no deberán presentar declaraciones juradas ni abonar el tributo.

¿Cuáles son los bienes alcanzados por Bienes Personales 2024?

El impuesto a los Bienes Personales abarca una amplia cantidad de activos, tanto dentro del país como en el extranjero. En este sentido, se incluye a los inmuebles ubicados en Argentina y en el exterior, junto con los derechos reales constituidos sobre bienes situados en ambas jurisdicciones.

También se encuentran gravadas las naves y aeronaves con matrícula nacional o extranjera, así como los vehículos automotores registrados en el país y fuera de él.

Los bienes muebles registrados dentro de Argentina son considerados en el impuesto, al igual que aquellos incorporados dentro de hogares y residencias temporarias, siempre que estas se encuentren en territorio nacional.

También se tienen en cuenta los bienes personales de aquellos ciudadanos cuyo domicilio esté en Argentina o que se hallen en el país, y los demás bienes muebles y propiedades situados en el país al 31 de diciembre de cada año, independientemente de su carácter permanente o transitorio.

Además, el gravamen incluye el dinero en efectivo y los depósitos de dinero que se encuentren dentro y fuera del país en esa fecha, con excepción de las cajas de ahorro y algunos instrumentos de inversión.

También se consideran los títulos, acciones, cuotas o participaciones sociales y otros valores representativos de capital social o equivalente, emitidos por entidades tanto públicas como privadas, estén domiciliadas en Argentina o en el exterior.

Las empresas unipersonales o explotaciones ubicadas dentro del país forman parte del impuesto, al igual que las monedas virtuales, criptoactivos y similares. Cabe mencionar que el criterio “universal”, es decir, que no importa si los activos están dentro o fuera del país, aplica a residentes permanentes argentinos.

Respecto a los créditos, estos están sujetos al impuesto cuando el deudor tenga domicilio en Argentina. Los derechos de propiedad intelectual, como los científicos, literarios o artísticos, y los de propiedad industrial, tales como marcas, patentes y modelos, se incluyen cuando el titular de esos derechos o licencias reside en el país al 31 de diciembre.

Por otro lado, el impuesto también contempla bienes muebles y semovientes (capaces de moverse por si mismos) situados fuera del país, junto con los depósitos en instituciones bancarias en el exterior.

Por último, AFIP también incluye en los Bienes Personales a los títulos negociables emitidos por sociedades que toman prestado capital del público a largo plazo, como los debentures y las obligaciones de entidades domiciliadas en el extranjero.

Fuente: Iprofesional.com