Impuesto al valor agregado

Declaración Jurada desde la presentación del LIBRO IVA

Una vez presentada la declaración jurada del Libro de IVA Digital, se podrá confeccionar la Declaración Jurada del IVA visualizando el débito y crédito fiscal previamente registrados, conforme la Resolución General AFIP 5591/2024. 

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – Resolución General 5591/2024