Obligaciones de sujetos obligados
A través de la Resolución General 200/2024, establece las obligaciones que los emisores, operadores y proveedores de servicios de cobro y/o pago, y los proveedores no financieros de crédito, no previstos en otros supuestos del artículo 20 de la Ley 25.246, deberán cumplir, para administrar y mitigar los riesgos de Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, en concordancia con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales actualmente vigentes.