Decreto PEN 38/2025

DERECHOS DE EXPORTACIÓN

Reducción para determinados productos agrícolas

Mediante el Decreto PEN 38/2025 se reducen las alícuotas de Derechos de Exportación según el siguiente detalle:

Se fija en 0 % las alícuotas de Derechos de Exportación para las posiciones arancelarias detalladas en el Anexo I (cadenas de las economías regionales, productos con diferentes niveles de elaboración y listos para el consumo).

 Se establece una alícuota diferencial hasta el 30 de junio para los productos detallados en el Anexo II, entre ellos: poroto de soja 26%, derivados de soja 24,5%, trigo, cebada, maíz, sorgo 9,5% y girasol 5,5%. 

Para acceder el beneficio será condición liquidar al menos el 95% de las divisas de las exportaciones en un plazo de 15 días hábiles después de hacer la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). Asimismo, será condición haber presentado la mencionada liquidación u oficializar el permiso de embarque, según corresponda, entre la entrada en vigencia de este decreto y el 30 de junio de 2025. Quienes no cumplan, deberán tributar el derecho de exportación correspondiente sin beneficio.