Blanqueo etapa 2: REIBP por los bienes regularizados

El 7 de marzo vence el plazo para realizar la Presentación de declaración jurada correspondiente al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto Sobre los Bienes Personales (REIBP), por los bienes regularizados en la ETAPA 2.

Una vez que hayas cumplido con la presentación la Declaración Jurada del Régimen de Regularización de Activos del artículo 22 de la Ley 27.743, se te habilitará la opción para confeccionar la Declaración Jurada del Régimen Especial del Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales por los bienes regularizados.

 

Te contamos los pasos a seguir para su carga y presentación:

  • Ingresá al servicio “Régimen especial del ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP)” – “REIBP para bienes regularizados” opción “Declaración Jurada y Pago”:

La Declaración Jurada se encontrará en estado “borrador”, por lo que tendrás que verificar la información:

  • si no te correspondía presentar la declaración jurada del REIBP por los bienes no regularizados del Título II de la Ley 27.743 (F.3339) por no superar el mínimo exigido, tendrás que tildar la opción.

Luego, ingresá a la opción “Bienes regularizados” para chequear los datos:

Ahora, ingresá a la “Determinación del impuesto” para verificar los datos:

  • El sistema te mostrará los pagos que hayas efectuado con anterioridad a la presentación de la declaración jurada. 


Podrás verificar el importe desde la página principal del servicio a través de la opción “Pago inicial” – “VEP generados”:

Efectúa la presentación haciendo clic en “FINALIZAR REGISTRACIÓN” y “CONTINUAR”:

La confirmación de presentación te llegará al Domicilio Fiscal Electrónico:

Fuente: Trivia – CPCECABA