Recientemente la Sala B del Tribunal Fiscal de la Nación (“TFN”) falló en contra de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (“ARCA”, anteriormente “AFIP”), determinando la no gravabilidad de los aportes a un trust irrevocable constituido por un contribuyente antes de que entrara en vigor el llamado Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia (“ASE”), también conocido como “Impuesto a las Grandes Riquezas”, establecido por la Ley N° 27.260 en plena pandemia del COVID-19.
Contexto normativo
El ASE fue creado por la Ley N° 27.605 y reglamentada por el Decreto N° 42/2021, en un contexto de emergencia sanitaria global. Gravó a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes, que poseían bienes en el país y en el exterior por valor total igual o superior a $ 200.000.000 al 18 de diciembre del 2020.
Las alícuotas a aplicar se establecieron en un rango de entre el 2% y el 3,5% para el caso de bienes en el país, y entre el 3% y el 5,25%, para bienes en el exterior; variando según el valor total del patrimonio gravado.
El artículo 3 de dicha ley incluyó expresamente dentro de la base imponible a los aportes a trusts, fideicomisos o fundaciones de interés privado y demás estructuras análogas, sin realizar distinción alguna entre figuras revocables o irrevocables.
El fallo “M.M.W. c/ AFIP-DGI s/Recurso de Apelación”
En el caso analizado, el TFN revocó la determinación de oficio del ASE practicada por ARCA, que había incluído dentro de la base imponible a los bienes aportados a un trust “irrevocable” constituido por un contribuyente antes de que entrara en vigencia el tributo. El contribuyente argumentó que había dejado de ser titular de los bienes sujeto de ajuste, existiendo, por lo tanto, un desapoderamiento genuino de los bienes aportados.
Así, uno de los argumentos centrales del TFN para sostener su decisión es que, si bien la Ley N° 27.605 no diferencia entre trust “revocables” e “irrevocables”, la base imponible del ASE solo debe calcularse sobre los bienes en los cuales el contribuyente tiene algún control o participación.
En efecto, en los supuestos de trust “irrevocables” dicho presupuesto no se configura dado que la utilización de esta figura supone la pérdida del control efectivo por parte del contribuyente, es decir, deja de tener la titularidad y el poder de decisión sobre los mismos.
Para sostener este argumento el TFN citó el Dictamen 9/2013 que establece como condiciones para la determinación de la Irrevocabilidad de un Trust:
- El efectivo desapoderamiento de los bienes aportados, es decir, que no retornan al patrimonio del fiduciante;
- La inexistencia en cabeza del aportante de facultades decisorias de tal importancia que hagan interpretar que se constituye en el efectivo titular de los bienes del fondo -dirección indirecta-; y
iii. La no posesión, por parte del aportante o de los beneficiarios, de la calidad de protectores de los bienes o algún otro tipo de injerencia en su administración.
Dado que la verificación de dichos recaudos no se encontraba controvertida en el caso en cuestión, el TFN concluyó que los bienes aportados oportunamente dejaron de ser propiedad de la recurrente y, por ende, no podían ser gravados. Este mismo fundamento utilizó el TFN para sostener que los supuestos de trust irrevocables, tampoco deben ser gravados con el Impuesto a los Bienes Personales.
Por último, el TFN descartó la existencia de maniobras elusivas, argumentando que el desprendimiento de los bienes por parte de la recurrente fue con anterioridad a la entrada en vigencia de la norma, incluso con anterioridad al “período de sospecha” y más aún previo a que hayan existido las circunstancias que motivaron el dictado de la norma, no evidenciándose que el acto se haya celebrado con el fin de eludir o evadir el pago del tributo.
Fuente: Estudio Allende&Brea