Agotada la acción original (convocatoria a asamblea), la decisión asamblearia alcanzada en su marco sólo resulta susceptible de impugnarse a través de la acción autónoma del art. 251 de la Ley de Sociedades.
Causa: Kriger, Christian c/TLI Medical Devices SA s/convocatoria a asamblea (CNC – Sala C)
Se confirma el rechazo -de manera preliminar- del planteo de nulidad asambleario, al valorarse que agotada la acción original (convocatoria a asamblea), la decisión asamblearia alcanzada en su marco sólo resultaba susceptible de impugnarse a través de una acción autónoma en los términos del art. 251 de la Ley de Sociedades, máxime si el reproche que contra ella se pretendía levantar se vinculaba, en lo sustancial, a ciertos conflictos internos que se denunciaban sucedidos en el seno del ente.
Resulta ajustado a derecho el rechazo del planteo de nulidad asamblearia si, ordenada por el a quo la convocatoria a la asamblea de la sociedad en los términos del art. 236 de la Ley de Sociedades, ese órgano se reunió a los efectos de considerar los puntos del orden del día para los que había sido convocado. Y agotada entonces la acción original (convocatoria a asamblea), la decisión asamblearia alcanzada en su marco sólo resulta susceptible de impugnarse a través de una acción autónoma en los términos del art. 251 de la citada ley, máxime si el reproche que contra ella se pretende levantar se vincula, en lo sustancial, a ciertos conflictos internos que se denuncian sucedidos en el seno del ente.
Fuente: Errepar on line