A partir del 05/03/2025, se establece un régimen para la regularización de deudas de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y sobre los Ingresos Brutos, vencidas o devengadas desde el 1° de enero del año en que se realiza el acogimiento hasta la fecha de su formalización, incluyendo intereses, accesorios y multas, excepto aquellas en ejecución judicial, fiscalización, determinación o discusión administrativa. El pago podrá realizarse al contado, en 3 a 6 cuotas con un interés de financiación del 7,8% o en 9 a 12 cuotas con un interés de financiación 8,8%.