Buenos Aires: ARBA reglamenta las bonificaciones por buen cumplimiento y pago anual del inmobiliario y automotores y/o embarcaciones.

Se establecen los requisitos y demás condiciones para acceder a los descuentos en el impuesto Inmobiliario y en el impuesto a los Automotores y/o a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación establecidas para el año 2025 -R. (ME Bs. As.) 72/2025-.

Al respecto destacamos que la bonificación por buen cumplimiento del 5% se reducirá a la mitad si, el inmueble, vehículo automotor o embarcación no se encontrare asociado en un 100% a la CUIT, CUIL o CDI del o de los contribuyentes que correspondan.

Asimismo la bonificación por pago anual se reducirá al 12,5% si el inmueble, vehículo automotor o embarcación, no se encontrare asociado en un 100 % CUIT, CUIL o CDI del o de los contribuyentes que correspondan.

Por último señalamos que la bonificación por adhesión al débito automático del 5% no resultará acumulable con los beneficios antes mencionados.