Las tasas municipales, al igual que otro tipo de deudas, prescriben al pasar un determinado tiempo y cumplirse ciertas condiciones
Tanto los tributos y las tasas, al igual que otro tipo de deudas, cuentan con un lapso de tiempo determinado para ser reclamados. En el caso de las tasas municipales no se encuentra exceptuadas de la regla.
De esta forma, transcurrido un determinado tiempo sin que existan reclamos, se puede solicitar la prescripción del mismo.
A partir de qué momento prescribe una deuda municipal
Las deudas municipales suelen vencer a los cinco años, salvo que la provincia y/o municipio establezca un plazo distinto. A pesar de esta posibilidad, el tiempo no puede exceder el criterio de razonabilidad, es decir, no debe afectar el derecho del deudor a ser reclamado por una deuda en un período de tiempo justo.
No obstante, en el pasado, hubo municipios que no respetaron esta norma. Un ejemplo es la Municipalidad de Luque, Córdoba, la cual tenía un plazo de prescripción de 10 años, el doble del criterio nacional general,
Sin embargo, en el 2021, los concejales sancionar con fuerza de ordenanza una reducción del 50%, es decir, pasaron de 10 años a 5 años. Entre los argumentos por los que se hizo la reducción fue el de mantener la seguridad jurídica, además de no generar incertidumbre entre los contribuyentes.