La revisión anual se origina por la determinación de los nuevos valores para el coeficiente unificado.
En caso de disponer de los datos necesarios para calcular los coeficientes unificados al momento de presentar el primer anticipo del año calendario, el contribuyente deberá aplicarlos desde ese período. De lo contrario, corresponderá emplear los vigentes del año anterior durante los tres primeros anticipos y, a partir del cuarto, efectuar los ajustes correspondientes conforme a los nuevos coeficientes.