El CPCECABA precisa la correcta de incorporación de información de ciertos ítems en el aplicativo de Impuesto a las Ganancias de personas humanas 2024
La carga del aplicativo de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de personas humanas del período 2024, cuya declaración jurada vence en menos de un mes, tiene aspectos claves que deben tener en cuenta los contadores.
Desde el Consejo profesional de Ciencias Económicas porteño (CPCECABA), ponen a disposición precisiones respecto de la correcta incorporación de información en el servicio web de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, con el objeto de optimizar el proceso de carga de determinados conceptos en la declaración jurada 2024 de junio, publica Tributum.news.
Las 7 claves de la carga del aplicativo de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales son las siguientes:
- Cómo valuar los bienes que se dan de baja
La valuación de los bienes que se dan de baja durante el periodo fiscal de la declaración jurada, se informan de la siguiente manera:
Ganancias Personas Humanas – Portal integrado
Según el rubro correspondiente del bien situado en el país o en el exterior: la valuación al inicio y en la valuación al cierre informar 0 (cero).
Bienes Personales Web
Ingresar en el campo «Importe» el valor en 0 en el rubro del bien correspondiente
En el caso de Rodados, se deberá utilizar la opción «Ingreso Manual» para poder registrar el valor en 0.
En los rubros donde el campo «Importe» no es editable, debe ingresarse 0,01 en los siguientes rubros:
Dinero en Efectivo y Depósitos en dinero (En el exterior): en el campo «Cantidad nominal de moneda»
Títulos Públicos y Privados con cotización: campo «Cantidad Títulos»
Acciones, Fondos Comunes de Inversión, Obligaciones Negociables con Cotización en -Cantidad-: campo «Cantidad».
- Cómo informar un inmueble cuyos ingresos se declaran en el Monotributo
Se debe informar en el campo «Destino» la opción Otros, ya que no genera renta a los efectos del Impuesto a las Ganancias.
Importante: los ingresos deben ser declarados en «Justificación de las variaciones patrimoniales», dentro del ítem «Ganancias y/o ingresos exentos o no gravados», la opción «Ganancia Monotributo».
- Cómo informar las inversiones de forma manual
Los títulos públicos y demás valores que cotizan en bolsas y mercados, cuando no se encuentran disponibles en la Tabla, puede ingresarse en forma manual en el servicio web de bienes dentro del rubro «Títulos, acciones, cuotas o participaciones sociales y otros títulos valores».
Para realizar una carga manual y no por Tabla, en la opción «Subtipo» deberá seleccionarse dentro del listado «Otros Títulos Valores con Cotización Pública» y el subtipo de bien.
El sistema lo habilitará para que pueda generar la carga manual, donde deberá detallar la siguiente información referida a la inversión:
Descripción.
Clase/Tipo.
Código de especie.
CUIT emisor.
- Cómo incorporar el gasto por el beneficio permanente del Monotributo
Para deducir como gasto el monto del IVA correspondiente al beneficio permanente de transición al Régimen General, se debe acceder en Gastos y deducciones de la categoría de renta que le corresponda al campo «Gastos de procedimiento permanente de transición al Régimen General – art. 9, inc. b), Ley 27618».
Cabe aclarar que en el caso de los contribuyentes que no revisten la condición por la cual puedan acceder al beneficio, el sistema no mostrará el campo para deducir dicho gasto.
- Qué incluye ARCA en el servicio Nuestra Parte
ARCA pone a disposición el servicio con clave fiscal Nuestra parte, a través del cual se comparten los datos con los que cuenta de los contribuyentes, a fin de ser tomados para realizar la liquidación de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y cedular.
La información que se encuentra en el servicio surge de los datos brindados por los agentes de información que participan o intermedian en ciertas operaciones.
Se puede acceder a la información, a través del portal integrado de Ganancias Personas humanas y también en el servicio web de bienes. También a través del listado de los servicios, cuando se ingresa a la página oficial de AFIP y con Clave Fiscal.
- Cómo tomar Bienes Personales «Beneficio a cumplidores»
ARCA, a través de la Resolución General 5535/2024, habilitó la posibilidad de solicitar el beneficio a contribuyentes cumplidores, conforme a los artículos 64 y 65 de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes (Ley 27.743).
A efectos de solicitar la adhesión al beneficio, el contribuyente o responsable sustituto deberá acceder al servicio «Sistema Registral» y seleccionar la opción «Beneficio para Cumplidores – Ley 27743».
Luego tildar la opción de la caracterización y solicitarlo.
Para los responsables sustitutos, el código del beneficio es el 609 beneficio cumplidor BP – acciones o participaciones.
Una vez marcada la opción y solicitada, se generará la solicitud y se podrá descargar la constancia del beneficio.
Solicitado el beneficio, el servicio web de bienes refleja en forma automática marcando la opción que corresponde el beneficio.
- Cómo es el cómputo de las percepciones del impuesto PAIS
Desde el 23/11/2023 al 12/12/2023, ambas fechas inclusive, todavía estuvo vigente el impuesto PAIS y las percepciones del Impuesto a las Ganancias., y deben aplicarse en el período 2024.
Este cómputo «diferido» obedece a lo indicado en el segundo párrafo del artículo 6 de la Resolución General AFIP 4815/2020 en el momento de su vigencia, que decía lo siguiente:
«Las percepciones practicadas tendrán, para los sujetos pasibles, el carácter de impuesto ingresado y serán computables, según sea el caso, en las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondientes al primer período fiscal posterior a aquel en el cual se practicaron las mismas».
Dicho texto fue modificado por la Resolución General AFIP 5463/2023, retornando al cómputo en el período fiscal en que fueron realizadas.
El CPCECABA brindó precisiones claves para la carga del aplicativo de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de personas humanas 2024, que vence en junio próximo.
Fuente: CPCECABA