La Disposición 303/2025 establece el marco procedimental y documental para la presentación anual de Estados Contables (EE.CC.) por parte de sociedades por acciones registradas en la Provincia de Buenos Aires.
La norma aplica a:
Sociedades por acciones y SRL alcanzadas por el art. 299 de la Ley 19.550
Sociedades extranjeras inscriptas bajo el art. 118 de la misma ley
Sociedades no comprendidas en el art. 299 pero obligadas por las disposiciones DISPO-2024-43, 49 y 64
Presentación Digital Obligatoria
Todas las presentaciones se realizarán exclusivamente de forma digital mediante los Formularios Digitales del sitio oficial de la DPPJ: https://www.gba.gob.ar/dppj/comunicaciones/tramites_digitales
Nuevo Anexo Unificado
Se deroga el Anexo 27 y se unifica en el “Anexo 9 – Formulario Estados Contables Sociedades”, obligatorio para todas las entidades alcanzadas.
Carácter de Declaración Jurada
El formulario digital tendrá valor de declaración jurada por parte de la sociedad y su representación legal respecto de la veracidad y legalidad de la información.
Documentación Exigida
EE.CC. completos en formato digital
Anexo 9
Informe de auditor independiente (según el caso)
Certificado de Libre Deuda Alimentaria (RDAM)
RÉGIMEN ESPECIAL PARA MiPyMEs
Las sociedades que acrediten su condición de Micro o Pequeña Empresa mediante el Certificado MiPyME vigente podrán presentar EE.CC. con certificación de Contador Público independiente legalizada por el Consejo y firma del representante legal. Válido para ejercicios finalizados hasta el 31/12/2026
OBLIGACIÓN DE VERIFICACIÓN EN RDAM
Los órganos societarios deberán consultar si sus miembros figuran en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM)
Se prohíbe el pago de dividendos u honorarios a personas incluidas en el registro, conforme a la DISPO-2025-299.
Se deberá adjuntar Certificado de Libre Deuda (PDF vigente) al momento de iniciar el trámite digital de EE.CC.