TRANSFERENCIAS DE VALORES NEGOCIABLES AL EXTERIOR. Modificaciones
La Comisión Nacional de Valores, a través de la Resolución General 1067/2025, modifica el artículo 6° TER del Capítulo V del Título XVIII de las Normas (N.T. 2013 y mod.).
La nueva normativa introduce cambios en el tratamiento de las operaciones realizadas por clientes identificados con Clave de Identificación (C.D.I.) y Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.), estableciendo un límite máximo diario de $200 millones para la transferencia de valores negociables a entidades depositarias del exterior.
No obstante, se exceptúa de dicho tope a las transferencias que involucren valores negociables con vencimiento a partir de los 2 años desde su emisión (anteriormente se exigían 3 años), siempre que hayan sido adquiridos en colocaciones o licitaciones primarias, y hasta el valor nominal suscripto.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/326135/20250529