Mediante el Decreto 340/2025 (B.O. 21/05/2025), se modificó el Régimen Laboral, en relación a los Conflictos Colectivos de Trabajo.
En tal sentido, se refuerzan las condiciones de prestación mínima durante los conflictos colectivos, que afecten servicios esenciales o actividades de importancia trascendental:
- Servicios esenciales: en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75 % de la prestación normal del servicio de que se tratare.
- Actividades de importancia trascendental: en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50 %.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/325658/20250521