El régimen legal aplicable a los accidentes y enfermedades inculpables se encuentra regulado en la Ley de Contrato de Trabajo. En dicha norma se establecen los efectos que éstas contingencias producen sobre la relación laboral, especialmente en cuanto a la percepción de remuneraciones, conservación del empleo y eventual extinción del contrato.
Se entiende por enfermedad inculpable a toda afección de la salud que impida al trabajador cumplir con la prestación de servicios y que no guarde relación con su actividad laboral. Quedan excluidas del concepto las enfermedades profesionales y los accidentes laborales, regulados por la Ley de Riesgos del Trabajo.