Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que cuenten con saldos a favor de hasta $10.000.000 pueden solicitar su devolución de manera online y mucho más rápido, con acreditación del monto en solo 96 horas hábiles. Te contamos cuáles son los puntos clave que debes tener en cuenta y cómo realizar la solicitud.
Requisitos:
Estar inscripto ACTIVO como Contribuyente Local o en Convenio Multilateral.
Haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Saldo a favor acumulado menor o igual a $10.000.000.
Inexistencia de deuda judicial.
Inexistencia de deuda como agente de recaudación, incluyendo multas.
No revestir el carácter de concursado o fallido.
No registrar un cargo de fiscalización abierto.
No registrar acogimientos a planes de facilidades de pago cuyo estado sea vigente.
No hallarse inscripto en los diversos Distritos Económicos y/o Regímenes de Promoción Económica vigentes.
No haber presentado y obtenido una devolución mediante el presente procedimiento dentro de los noventa (90) días del pedido respectivo, conforme la reglamentación que a tal efecto dicte la Dirección General de Rentas.
Inexistencia de deuda en gestión administrativa correspondiente a los tributos y gravámenes recaudados por la AGIP.
Pasos a seguir:
Ingresá con CUIT y Clave Ciudad y seleccioná el servicio «Nueva Cuenta Corriente Tributaria».
Seleccioná la opción “Operaciones” y luego «Devolución SAF».
Se realizarán en línea los controles de los requisitos para acceder a la devolución.
En caso de presentar inconsistencias, se especificarán y podrás subsanarlas volviendo a generar la solicitud.
Superado los controles, podrás visualizar el detalle del saldo.
Completá los datos de CBU, donde se depositarán los fondos. Se validará en línea que el titular de la cuenta sea el responsable del tributo o representante legal.
Revisá que la compensación sea correcta y confirmá.
Una vez confirmado, se generará el comprobante del trámite realizado, que podrás descargar.
Recordá que si contas con un Saldo a Favor en el impuesto superior a los $10.000.000, deberás efectuar el trámite de devolución mediante el servicio TAD, con CUIT y Clave Ciudad desde la página web de AGIP.
