Los sujetos alcanzados por la Resolución General AFIP 4697/2020 están obligados a cumplir con un régimen informativo de carácter anual, mediante el cual deben brindar los datos al 31 de diciembre de cada año, respecto de los titulares de las acciones y participaciones sociales, así como los integrantes del órgano de administración y fiscalización (directores, gerentes, administradores, síndicos) y los apoderados con facultades ante la ARCA. Asimismo, deberán identificar al beneficiario final conforme los criterios establecidos en la norma.
En caso de que más del 50% de los ingresos obtenidos correspondan a rentas pasivas del exterior, también deberán informar la entidad generadora de dichos rendimientos y el porcentaje de participación.
Cronograma de Vencimiento
28/07/2025: Terminación de CUIT 0-1-2-3
29/07/2025: Terminación de CUIT 4-5-6
30/07/2025: Terminación de CUIT 7-8-9
