RÉGIMEN DE TRABAJO AGRARIO. Se fijan remuneraciones mínimas
La Comisión Nacional de Trabajo Agrario, a través de la Resolución 174/2025, fija las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua, así como el tope indemnizatorio conforme Ley, con vigencia a partir del 1° de julio de 2025, 1° de agosto de 2025 y, 1° de septiembre de 2025, hasta el 31 de julio de 2026.
Asimismo, se establece que los empleadores actuarán como agentes de retención de una cuota de solidaridad del 2% mensual sobre el total de las remuneraciones del personal comprendido, la cual deberá ser depositada en la cuenta especial de la UATRE. Quedan exentos los trabajadores afiliados a dicha entidad sindical.
