Nuevo procedimiento para la emisión de comprobantes clase “A”

  • Autorización de emisión de comprobantes 

Mediante la Resolución General 5762/2025, se establecen nuevas disposiciones para la emisión de comprobantes clase “A”. 

Se dejan de utilizar las facturas clase “M”, reemplazándolas por facturas clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”. 

Si al momento de solicitar la habilitación de comprobantes clase “A” el contribuyente cumple con los requisitos establecidos, pero no acredita solvencia patrimonial, podrá optar por utilizar las facturas clase “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”. 

Estas disposiciones entrarán en vigencia el 1° de diciembre de 2025. 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/331947/20250925 

  • Emisión de comprobantes para responsables inscriptos en el IVA

La Resolución General 5764/2025 introduce modificaciones al régimen de autorización e impresión de comprobantes, para contemplar las situaciones de emisión de comprobantes clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” y clase “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”, así como otras adecuaciones vinculadas a la codificación de los comprobantes. 

Asimismo, se establecen nuevos plazos de validez de los comprobantes: 

– Comprobantes clase “A”, clase “A” con la leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA” y clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”: la fecha de vencimiento operará el último día del mes siguiente al del vencimiento para cumplir con la presentación de la Declaración Jurada F. 2051, correspondiente al último mes comprendido en el cuatrimestre calendario a considerar. 

– Comprobantes de respaldo ante contingencias con otro sistema de emisión: 3 años. 

 Las disposiciones entraran en vigencia a partir del 1° de diciembre de 2025, con excepción del aumento del plazo de validez para comprobantes impresos como respaldo ante contingencias, que regirá desde el 1° de octubre de 2025.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/331949/20250925