Resolución 207/2025

UIF. RÉGIMEN DE REPORTE Y CONGELAMIENTO DE ACTIVOS

La Unidad de Información Financiera, por medio de la Resolución 207/2025, actualiza el régimen aplicable al reporte de operaciones sospechosas de financiación del terrorismo y al congelamiento administrativo de bienes o activos vinculados con tales actividades.

La medida dispone que los Sujetos Obligados deberán reportar en un plazo máximo de 24 horas toda operación sospechosa o tentativa relacionada con personas o entidades designadas por el Consejo de Seguridad de la ONU o el Poder Ejecutivo Nacional, y congelar de inmediato los bienes o activos involucrados.

Se establecen procedimientos para la inmovilización, comunicación y mantenimiento de las medidas de congelamiento, así como sanciones por incumplimiento conforme a la Ley 25.246.