La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) pone a disposición un mecanismo simplificado de la Moratoria 2025 llamado “Boleta Única” para que los contribuyentes puedan regularizar sus deudas de hasta $1.000.000 provenientes del Impuesto Inmobiliario/ABL y Patentes.
La vas a poder descargar o pagar a través de la web del Organismo e incluye el monto total a abonar por los períodos adeudados hasta el 31/08/2025, con la condonación de intereses correspondiente, abonando en un solo pago. Hace clic aquí para acceder la Boleta Única.
Pasos a seguir
- Ingresar a la web de AGIP y seleccioná la opción “Pagos / Consulta de boletas”.
- Elegir el impuesto correspondiente (Inmobiliario/ABL o Patentes) e ingresar
- partida o dominio.
- Dentro de las boletas a vencer, aparecerá la cuota 219, con el concepto “CUOTA ÚNICA MORATORIA 2025”. Vas a poder pagarla a través de código QR o descargarla para su visualización y pago haciendo clic en el recuadro correspondiente.
¡IMPORTANTE!: la boleta también estará disponible en el Home Banking. Aparecerá como cuota 219 con el mismo concepto, tanto para deudas de Inmobiliario/ABL como de Patentes.
MORATORIA IGJ RG 4/2025 (y modificatorias)
¿Cuál es el vencimiento del plan de regularización impulsado por la Inspección General de Justicia (IGJ) a través de la RG 4/2025 (y modificatorias) y qué período comprende la información a regularizar?
La IGJ, mediante la Resolución General IGJ 04/2025 (Modificada por la RG IGJ 06/2025), impulsa un plan de regularización para que las entidades bajo su órbita puedan ponerse al día con el cumplimiento de las obligaciones formales relacionadas con la presentación de Estados Contables y otra documentación a fin. La vigencia del régimen comprende desde el 1º de febrero de 2025 y hasta el 30 de junio de 2026, en donde se podrán efectuar presentaciones de estados contables, o documentación contable conforme la Resolución Conjunta N° 5289/2022 (IGJ-AFIP), en su caso, y la comunicación de asambleas respectivas, correspondientes a los últimos 10 ejercicios anuales cerrados hasta el 31 de diciembre de 2025. Más información
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. Base imponible negativa
En los casos de poseer base imponible negativa, ¿Cómo se declara el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a través del sistema E-Sicol?
En el Espacio Consultivo AGIP-CPCECBA, grupo de enlace de fecha 25/04/2024, la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) respondió lo siguiente: “el aplicativo e-SICOL no permite la carga de bases imponibles negativas. Los contribuyentes deberán rectificar las posiciones que dieron origen a las respectivas notas de crédito considerando lo dispuesto en los artículos 240 y 241 del Código Fiscal. Por el momento, no se está contemplando realizar ninguna modificación en el aplicativo”.
Los artículos mencionados refieren a la posibilidad de realizar de Declaraciones Juradas rectificativas y su comunicación a la AGIP, y hace al declarante responsable por su contenido.
