SUSPENDEN TRANSITORIAMENTE EL PAGO DE LA TASA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL 2026
La Resolución General CNV 1098/2025, modifica las Normas (N.T. 2013 y mod.) y suspende transitoriamente la percepción de la tasa de fiscalización y control correspondiente al año 2026, hasta el 2 de febrero de 2026, inclusive.
La suspensión no alcanza a los sujetos que se encuentren en mora por el pago de tasas de años anteriores.
La suspensión aplica a los sujetos obligados previstos en los incisos a), b), c), e) y f) del art. 3° (Título XVII, Cap. I), esto es:
- Mercados, Cámaras Compensadoras y Mercados con función de Cámara Compensadora.
- Agentes alcanzados del inciso b) (entre otros: ADCVN, ACR, ARyP, Agentes de Negociación/RUCA, Asesores Globales, ALyC en sus distintas categorías, Agentes de Corretaje y Agentes Productores).
- Emisoras de Acciones, ON, VRDCP, CEDEAR y/o CEVA.
- Agentes de Colocación y Distribución de FCI y Agentes de Colocación y Distribución Integral de FCI.
- Fiduciarios Financieros (entidades financieras y/o sociedades anónimas).
