Resolución General 1093/2025

CNV. LÍMITE DIARIO PARA TRANSFERENCIAS DE VALORES NEGOCIABLES AL EXTERIOR

La Comisión Nacional de Valores, mediante la Resolución General 1093/2025, modifica el artículo 6° TER de las Normas (N.T. 2013 y mod.), incorporando una nueva excepción al límite diario de $ 200.000.000 para ciertas transferencias emisoras al exterior.

Se habilita que, aún en exceso de dicho límite diario, puedan concertarse transferencias a entidades depositarias del exterior de valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional – cualquiera sea la ley de emisión y el plazo de su amortización -, siempre que dichos valores hubieran sido previamente adquiridos y acreditados como resultado de un proceso de reinversión de los servicios de valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional – pagaderos en pesos en el país, con fecha/s de amortización -total o parcial- no inferior/es a 180 días desde su emisión y oportunamente adquiridos en colocación o licitación primaria, hasta el valor nominal total así suscripto de la respectiva especie-, por hasta el importe correspondiente a dichos servicios y el producido de sus sucesivas reinversiones.