Ingresos brutos y sellos – Agentes de recaudación. Regulan ceses de oficio, ceses retroactivos e inscripciones de oficio
Se establece el procedimiento para disponer el cese de oficio de agentes de recaudación de Ingresos Brutos y Sellos cuando no cumplan los parámetros vigentes o registren, en los últimos 24 meses, falta de declaraciones, ausencia de fiscalizaciones y inexistencia de títulos ejecutivos. Prevén además el cese retroactivo a solicitud de parte, formalizado por SIRyC con documentación respaldatoria, y la inscripción de oficio cuando el sujeto haya presentado al menos el 50% de las declaraciones de los últimos 12 meses. Los ceses e inscripciones se notifican por domicilio fiscal electrónico.
