El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del proceso de digitalización y simplificación de los trámites vinculados a la documentación laboral, dispuso la utilización obligatoria de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) para la rúbrica de documentación correspondiente a empleadores y PYMES radicadas en CABA con hasta 49 trabajadores.
En consecuencia, la solicitud de rúbrica deberá gestionarse exclusivamente a través de dicha plataforma, bajo la denominación “Solicitud de rúbrica de documentación laboral para PYMES y empleadores hasta 49 empleados”.
A través de la Disposición DGRDT CABA 1717/2025, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires modificó la Resolución GCBA 803/2024 con el fin de continuar con la agilización de los trámites tendientes a la digitalización de la documentación laboral:
Eleva de 9 a 49 la cantidad de trabajadores por los cuales los empleadores y PYMES radicadas en CABA estarán obligados a efectuar, mediante la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del Gobierno de la Ciudad, el trámite de solicitud de rúbrica de documentación laboral.
El nombre del trámite pasa a denominarse «Solicitud de rúbrica de documentación laboral para PYMES y empleadores hasta 49 empleados”.
Dicha modificación rige a partir del 13 de noviembre de 2025. El plazo límite para adecuarse regirá hasta el 2 de enero de 2026, aplicable al libro correspondiente al período diciembre de 2025.
