Norma complemento RN 38/2025 que se enfoca específicamente en los regímenes de regularización y facilidades de pago para el cierre del año 2025 y el inicio del 2026.
Resumen ejecutivo:
- Plan de Pagos «Cierre de Ejercicio 2025»
La resolución lanza una moratoria de última instancia para deudas en etapa prejudicial acumuladas durante el año 2025.
- Alcance: Incluye deudas de Inmobiliario, Automotor e Ingresos Brutos devengadas entre el 01/01/2025 y el 31/12/2025.
- Bonificaciones: Se establecen quitas de intereses por pago contado que pueden llegar hasta el 30%, premiando la cancelación total antes de que la deuda pase a instancia judicial a inicios de 2026.
- Flexibilización para el Levantamiento de Medidas Cautelares
Un punto muy solicitado por los contribuyentes es la agilización del levantamiento de embargos.
- La RN 36/2025 permite que los contribuyentes con cuentas embargadas puedan adherirse a este plan especial y obtener el levantamiento automático de la medida una vez acreditada la primera cuota o el pago contado.
- Se reduce el tiempo administrativo de comunicación entre ARBA y las entidades bancarias a través del sistema SIRCARD.
- Actualización de Montos para «Demanda Exprés»
Vinculado con la devolución de saldos a favor (SAF), la norma eleva el tope para el trámite de repetición online.
- Se confirma que para el ciclo 2026, el monto para la Demanda Exprés Online se eleva a $3.500.000.
- Esto permite que más contribuyentes recuperen sus saldos retenidos en exceso sin tener que iniciar un expediente físico, siempre que no registren deudas en otros impuestos patrimoniales.
- Requisitos de Adhesión y CBU
La norma endurece la obligatoriedad de tener declarada y validada una CBU en el portal de ARBA.
- Para acceder a los planes de cuotas de esta resolución, la adhesión al débito automático es obligatoria desde la cuota 1.
- Si el plan se genera sin débito automático, las tasas de interés de financiación se duplican, incentivando la formalización de las cuentas bancarias del contribuyente.
