El SIRCIP (Sistema Integrado de Recaudación, Control e Información de agentes de Percepción) es un sistema unificado que permite la administración y coordinación de los regímenes de percepciones creados por las jurisdicciones.
Dicho sistema fue aprobado por la Comisión Arbitral a través de la Resolución General N° 9/2025.
El mismo actúa en cumplimiento de los regímenes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecidos por las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral correspondientes a los contribuyentes comprendidos en las normas del mismo, aplicable sobre los importes de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios, que efectúen los agentes designados por las jurisdicciones adheridas al “SIRCIP”.
Se estableció como entrada en vigencia del SIRCIP el 1 de Marzo (Disposición de Presidencia 12/2025).
Los sujetos alcanzados por el régimen contarán con el detalle de las percepciones que le han sido efectuadas en las facturas o documento equivalente.
Los coeficientes de distribución, se consultarán sitio www.sircip.comarb.gob.ar identificándose con la CUIT y en forma mensual, pudiendo variar los mismos de un período a otro.

En el siguiente link encontrarás preguntas frecuentes respondidas por la Comisión Arbitral sobre el sistema SIRCIP.
Las consultas sobre el uso del sistema podrán ser canalizadas a través del correo electrónico sircip@comisionarbitral.gob.ar
Los contribuyentes deberán canalizar los reclamos ante el Comité SURA, acompañando la documentación que justifique su reclamo.
Jurisdicciones adheridas
Las jurisdicciones adheridas accederán al sistema SIRCIP por medio del Portal Federal Tributario donde podrán consultar todas las transacciones y administrar el padrón de sujetos alcanzados.

Detallamos aquellas jurisdicciones que adhirieron al SIRCIP:

