Requisitos formar por el aumento de capital por encima del quíntuplo y emisión de acciones con reforma de estatuto en la CABA

 

Para realizar un aumento de capital que supere el quíntuplo del monto actual en una sociedad con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), se requiere una reforma de estatuto. Este trámite se realiza ante la Inspección General de Justicia (IGJ) y exige un cumplimiento riguroso de normativas legales y contables.

Aquí tienes un resumen estructurado con la documentación necesaria para que puedas publicar o utilizar como guía de trabajo:

📌 Claves del Trámite ante la IGJ

Cuando el aumento de capital excede el quíntuplo (art. 188 de la Ley 19.550), la decisión siempre implica modificar el artículo pertinente del estatuto social. Esto conlleva una mayor formalidad que un aumento dentro del quíntuplo, donde solo se notifica la emisión.

📄 Documentación General

  1. Primer Testimonio de la Escritura Pública o Instrumento Privado original (con firmas certificadas) que contenga la transcripción del Acta de Asamblea Extraordinaria donde se aprobó el aumento y la reforma.
  2. Formulario Digital de la IGJ: Correspondiente al trámite de «Aumento de Capital con Reforma de Estatuto».
  3. Dictamen de Precalificación Profesional: Suscripto por abogado o escribano (y contador si hay aportes no dinerarios o capitalización de reservas).

💰 Documentación Contable y Específica

  • Certificación Contable de Variación de Capital: Firmada por Contador Público y legalizada por el CPCECABA, donde se detalle la integración del nuevo capital.
  • Balance Especial (si corresponde): Si el aumento se realiza mediante la capitalización de reservas, utilidades o por aportes en especie, se debe acompañar el estado contable que lo respalde.
  • Aviso de Convocatoria: Copia de la publicación en el Boletín Oficial (si la asamblea no fue unánime).
  • Edicto del Art. 10 (LGS): Publicación en el Boletín Oficial por un día, resumiendo la modificación del estatuto.

📑 Pasos Críticos en la Asamblea

Para que la IGJ no observe el trámite, el acta debe especificar:

  • El monto del aumento y el nuevo valor nominal de las acciones.
  • La forma de integración (Efectivo, capitalización de deudas, bienes, etc.).
  • El texto ordenado del artículo del estatuto que se modifica.
  • El cumplimiento del derecho de preferencia y acrecer de los accionistas (o su renuncia expresa).

💡 Datos de Interés para el Profesional

Nota importante: Si la sociedad está comprendida en el Art. 299 de la Ley General de Sociedades, existen requisitos adicionales de fiscalización estatal permanente que deben acreditarse en el dictamen.

Tasas y Sellados: se debe adjuntar el comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios de la IGJ y, si aplica, el pago del Impuesto a los Sellos de CABA sobre el instrumento de aumento.