Fallo «Benedetto c/ Superior Gobierno de Entre Ríos»
El fallo sienta un precedente relevante respecto a la libertad de trabajo y el derecho a ejercer múltiples profesiones liberales de manera simultánea, declarando la invalidez de las normas que restringen esta posibilidad sin una justificación razonable.
- Datos del Caso
- Partes: Benedetto, Roque Guillermo c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.
- Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Concordia, Sala I.
- Fecha: 1 de abril de 2026.
- Objeto: Acción de inconstitucionalidad contra la normativa provincial que prohíbe el ejercicio simultáneo de las profesiones de Abogado y Contador Público.
- El Conflicto Jurídico
El actor (Benedetto), poseyendo ambos títulos habilitantes, cuestionó la validez de los artículos de las leyes de colegiación locales que lo obligaban a elegir una sola matrícula, suspendiendo la otra. El argumento central fue que dicha prohibición vulneraba derechos constitucionales fundamentales como el derecho a trabajar y el derecho de enseñar y aprender.
- Fundamentos Principales del Fallo
La Cámara resolvió declarar la inconstitucionalidad de la prohibición basándose en los siguientes puntos:
- Inexistencia de Incompatibilidad Ética Intrínseca: El tribunal consideró que no hay una contradicción moral o técnica natural entre el derecho y las ciencias económicas que impida su ejercicio conjunto por una misma persona.
- Violación de la Jerarquía Constitucional: Se determinó que una ley provincial no puede restringir de forma irrazonable el derecho al trabajo consagrado en el Art. 14 de la Constitución Nacional y tratados internacionales.
- Principio de Razonabilidad: Para que una restricción sea válida, debe ser proporcional y necesaria. En este caso, la prohibición se consideró «arbitraria», ya que no protege un bien público superior, sino que limita injustificadamente el desarrollo profesional del individuo.
- Autonomía de la Voluntad: Se subrayó que el Estado no debe interferir en la elección de vida del ciudadano mientras esta no afecte derechos de terceros o el orden público.
- Conclusión y Efectos
Dictamen: Se hace lugar a la acción de inconstitucionalidad.
- Resultado: Se autoriza al demandante a inscribirse y ejercer activamente ambas profesiones en la jurisdicción, siempre que cumpla con las obligaciones administrativas y éticas de cada colegio profesional de forma independiente.
- Alcance: Aunque el fallo beneficia directamente al actor, establece un estándar para que otros profesionales en situaciones idénticas soliciten la inaplicabilidad de este tipo de prohibiciones «estatutarias».
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