Resolución (UIF) Nº 37/2026 (BO 14/04/2026)

REGISTRACIÓN DIGITAL DE SUJETOS OBLIGADOS ANTE LA UIF

La Unidad de Información Financiera, mediante la Resolución 37/2026, dispone que la registración de los Sujetos Obligados ante el organismo se tramite de manera íntegramente digital a través del sistema de Reporte de Operaciones (SRO+).

La norma establece que las personas humanas y jurídicas alcanzadas, deberán cargar en dicho sistema la documentación respaldatoria exigida para su inscripción, la cual podrá ser observada por el organismo. En caso de observación, la documentación deberá ser cumplimentada dentro de los 15 días hábiles administrativos.

Asimismo, se prevé que la falta de cumplimiento podrá dar lugar al bloqueo automático de la inscripción y a la aplicación de sanciones. También impone la obligación de mantener actualizados los datos registrales, así como la información vinculada a los Oficiales de Cumplimiento y faculta al organismo a requerir la actualización documental de los sujetos ya inscriptos.