Resumen Ejecutivo del fallo “Martínez, Lucio Pablo c/ Elabu Global SA y otros s/ ordinario” (CNCom., Sala A, 13/04/2026)

Cuestión central

El tribunal analiza si corresponde extender la responsabilidad de una sociedad anónima a sus socios y/o administradores (levantamiento del velo societario), en el marco de un reclamo ordinario.

Decisión

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial (Sala A) rechaza la extensión de responsabilidad personal, confirmando la vigencia del principio de separación patrimonial entre la sociedad y sus integrantes.

Fundamentos clave

  1. Principio de personalidad jurídica diferenciada 
    • La sociedad es un sujeto de derecho distinto de sus socios. 
    • La limitación de responsabilidad es la regla y su excepción debe interpretarse restrictivamente. 
  2. Improcedencia del “levantamiento del velo” 
    • No se acreditaron supuestos de fraude, abuso de la personalidad jurídica o desvío del objeto social
    • Tampoco se probó que la sociedad haya sido utilizada como instrumento para frustrar derechos de terceros
  3. Carga probatoria exigente 
    • Quien pretende la extensión debe aportar prueba concreta, precisa y contundente
    • Las meras alegaciones de insolvencia o incumplimiento contractual no son suficientes
  4. Autonomía patrimonial 
    • Se reafirma que la insolvencia de la sociedad no habilita automáticamente la responsabilidad de socios o directores. 

Doctrina que consolida

El fallo refuerza un criterio jurisprudencial estable:

  • La desestimación de la personalidad jurídica es una medida excepcional
  • Solo procede ante: 
    • fraude, 
    • abuso de derecho, 
    • simulación, 
    • o utilización instrumental de la sociedad. 

Impacto práctico (en clave societaria y litigiosa)

  • ✔️ Alta barrera probatoria para accionar contra socios/directores. 
  • ✔️ Seguridad jurídica para estructuras societarias formales. 
  • ⚠️ Riesgo limitado de “corrimiento del velo” salvo conductas graves y acreditadas. 
  • ✔️ Refuerza estrategias defensivas basadas en: 
    • correcta registración, 
    • separación patrimonial, 
    • cumplimiento formal. 

Conclusión

El tribunal confirma un enfoque restrictivo y garantista del régimen societario, donde la responsabilidad limitada se mantiene incólume salvo prueba clara de utilización abusiva de la sociedad. La sentencia desalienta intentos de extensión automática de responsabilidad basados únicamente en incumplimientos o insolvencia.