Dos fallos recientes vuelven a poner en debate un tema clave en IVA: hasta dónde llega el deber de control del contribuyente frente a proveedores observados.
En las fiscalizaciones suele repetirse una situación: el contribuyente computa crédito fiscal por operaciones que considera reales, documentadas y pagadas, tiempo después, el Fisco cuestiona al proveedor por inconsistencias, falta de capacidad económica, inclusión en bases de facturas apócrifas o incumplimientos propios. La pregunta, entonces, es inevitable: ¿puede ese problema trasladarse automáticamente al cliente?
Los fallos PADIC SA y La Cachuera SA ofrecen una respuesta relevante. Si bien cada caso tiene sus propias particularidades, ambos coinciden en un punto central: no basta con detectar irregularidades en el proveedor para desconocer, sin más, el crédito fiscal del adquirente o contratante.
