Casación anuló la suspensión de la acción penal y hace aclaraciones sobre la aplicación de la ley penal más benigna

La Cámara Federal de Casación Penal, Sala III, hizo lugar al recurso interpuesto por ARCA y anuló la resolución que había suspendido la acción penal contra un contribuyente, imputado por presunta apropiación indebida de recursos de la seguridad social.

El tribunal consideró que los beneficios penales de la Ley 27.743 no pueden aplicarse automáticamente a deudas incluidas en planes de facilidades anteriores, si no existe un acogimiento expreso al nuevo régimen y cumplimiento estricto de sus condiciones.

La decisión destaca que la Ley 27.743 constituye un régimen excepcional, temporal y de finalidad recaudatoria, por lo que no corresponde extender sus efectos retroactivamente como si se tratara de una ley penal más benigna. En consecuencia, ordenó al tribunal de origen dictar un nuevo pronunciamiento debidamente fundado.