¿Se puede estar inscripto en ambos regímenes?
Existen situaciones en las que una persona puede ser monotributista y, al mismo tiempo, contribuyente del Impuesto a las Ganancias. La normativa vigente contempla diversos supuestos que permiten esta coexistencia.
La Ley 24.977 y su Decreto Reglamentario 1/2010 determinan cuáles ingresos no están comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y cuáles actividades resultan incompatibles. En todos los casos, los ingresos y actividades deben cumplir con las obligaciones impositivas y previsionales previstas en el Régimen General.
Vinculación con el Régimen Simplificado de Ganancias
Este análisis se conecta con las consultas sobre el Régimen Simplificado de Ganancias, en las que se pregunta si los monotributistas pueden adherirse. La respuesta es afirmativa: justamente en aquellas actividades que no están comprendidas ni incluidas en el Monotributo, lo que habilita la posibilidad de compatibilizar ambos regímenes en determinados casos.
