Sustituyen el régimen de acreditación de residencia fiscal para aplicar convenios de doble imposición
Se sustituye la R.G. (DGI) Nº 3497/1992 y se adecua el procedimiento para aplicar los beneficios previstos en los convenios para evitar la doble imposición respecto de rentas de fuente argentina pagadas a beneficiarios del exterior. Se reemplaza el sistema basado en una declaración jurada certificada por la autoridad fiscal extranjera por la acreditación de la residencia fiscal mediante un certificado emitido por la autoridad competente del país de residencia, con apostilla o legalización cuando corresponda. Asimismo, aprueba un nuevo modelo de declaración jurada informativa, establece las obligaciones de conservación documental para los sujetos pagadores y agentes de retención, y dispone que la falta de acreditación impedirá aplicar el tratamiento especial previsto en el convenio correspondiente.
