Sociedades de Garantía Recíproca. Simplifican la instrumentación de garantías y actualizan condiciones para avales en moneda extranjera
Se modifica la Resolución (SPYMEYE) Nº 21/2021, precisando los requisitos que deben contener las actas de reforma estatutaria de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR). Se habilita la celebración de contratos de garantía mediante documentos electrónicos con firma electrónica o digital y el uso de infraestructura basada en tecnología blockchain. Además, se adecuan las condiciones para el otorgamiento de avales en moneda extranjera, permitiendo que las SGR garanticen operaciones de sujetos que no cuenten con ingresos en divisas hasta el 50% de su Fondo de Riesgo Disponible, siempre que mantengan inversiones equivalentes en esa moneda.
